NECESIDAD DE LA IMPLANTACION DEL CODIGO TECNICO DE LA URBANIZACION .-
Partiendo de El Código Técnico de la Edificación (CTE) que es el marco
normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en
relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos
en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Las Exigencias Básicas
de calidad que deben cumplir los edificios se refieren a materias de seguridad
y habitabilidad.
El CTE también se ocupa de la accesibilidad como consecuencia de
la Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad,
LIONDAU.
La Ley 38/1999 de 5
de noviembre, de Ordenación de la Edificación, de la que nace el Código Técnico
de la Edificación, es el pilar fundamental para el proceso de la edificación.
La Ley fija los requisitos básicos de los edificios, actualiza y completa la
configuración legal de los agentes que intervienen en el proceso de la
edificación, fija sus obligaciones y establece las responsabilidades y las
garantías de protección a los usuarios.
El Código Técnico de la Edificación (CTE), es el marco normativo
que establece y desarrolla las exigencias básicas de calidad de los edificios y
sus instalaciones, permitiendo demostrar que se satisfacen los requisitos
básicos de la edificación que establece la Ley.
Estas exigencias básicas se desarrollan tanto en la Parte 1 como
en los Documentos Básicos, pero además el CTE da entrada a otros documentos que
completan el marco reglamentario, los documentos reconocidos. Con el fin de
facilitar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, se establecen los
denominados documentos reconocidos del CTE, definidos como documentos sin
carácter reglamentario, que cuentan con el reconocimiento del Ministerio de
Fomento, que mantendrá un registro público de los mismos.
Por definición los documentos reconocidos son voluntarios y
ayudan a la aplicación del CTE y a cumplir sus objetivos.
Además existe un conjunto de documentos y herramientas oficiales
desarrollados por el propio Ministerio que sirven como ayuda para la
utilización del Código Técnico, tales como los Documentos de Apoyo, el Catálogo
de Elementos Constructivos (CEC), etc.
El CTE es también un instrumento para la transposición de las
directivas europeas. La Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética,
instrumento normativo que a nivel europeo fijaba las pautas a seguir en los
estados miembros, se ha sustituido por la Directiva 2010/31/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010 relativa a la eficiencia energética
de los edificios (refundición). El nuevo modelo es mucho más ambicioso y supone
el endurecimiento de los requisitos mínimos hasta conseguir, de cara a 2020,
edificios de consumo de energía prácticamente nulo. La trasposición de esta
directiva, en parte, se hace a través del CTE mediante el DB HE.
En el marco reglamentario de la edificación son de obligado
cumplimiento otras reglamentaciones técnicas de carácter básico, como las
Instrucciones de Hormigón EHE, la norma de construcción sismorresistente, el
Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), otras normativas
reglamentarias de seguridad industrial etc., que coexisten con el CTE y que en
principio son referencias externas al mismo.
El CTE, tal como establece la LOE, puede completarse con las
exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes.
Es decir, la normativa autonómica y local de aplicación en cada caso.
Teniendo en cuenta el CTE ya existente junto con los objetivos principales que
emanan de la actual y reciente Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana cuyo texto
refundido ha sido publicado en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre que regulan :
- La igualdad en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, relacionados con el suelo.
- Un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conducen a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Asimismo, establece esta ley las bases económicas y medioambientales del régimen jurídico del suelo, su valoración y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en la materia.
El propósito del siguiente Análisis es justificar la necesidad de la implantación de un Código Técnico de la
Urbanización ( en adelante CTU) con
carácter normativo y legislativo de obligado cumplimiento para las nuevas
actuaciones urbanísticas que se realicen tanto en suelo urbano, urbanizable
como no urbanizable, así como en otros procesos de remodelación y regeneración
de zonas urbanas ya existentes.
Existe,
a nivel mundial, una creciente apreciación de la necesidad de utilizar un
enfoque integral en la planificación de los asentamientos humanos. La
formulación de una política ambiental, económica y social adecuada demanda la
compresión de las interrelaciones entre todos los factores que determinan el
desarrollo humano en un territorio.
Una
ciudad bien planificada y con una buena gestión de las zonas urbanas logrará
más fácilmente que los demás factores que la conforman sean sostenibles,
desarrollando entre ellos efectos sinérgicos y reduciendo los impactos. Uno de
los objetivos del desarrollo sostenible local es la reducción de los impactos
de unas áreas de actuación en otras, asegurando a la vez una economía pujante y
una sociedad equitativa.
El
concepto de urbanismo sostenible lo podemos basar en la noción de equilibrio
dinámico u homeostático, concebido como aquel que permite la autorregulación de
los sistemas mediante mecanismos flexibles de autocorrección y de
retroalimentación. En torno a este concepto gira un conjunto de criterios
convergentes. De hecho, podría definirse su enfoque como la búsqueda de
factores de equilibrio entre naturaleza y ciudad, entre tradición y progreso,
entre procesos globales y procesos locales, entre individuo y sociedad, todo
ello sobre un escenario territorial atravesado por flujos de materiales y
energía. Desde esta perspectiva podrían formularse los criterios generales de
la planificación sostenible:
- La
conservación de los recursos energéticos y materiales
destinados al suministro de servicios urbanos a través de la búsqueda de
procesos eficientes y ahorrativos. La idea que preside este objetivo es la
de cerrar los ciclos de materiales y energía, considerando todos los
flujos desde el inicio (fuentes) hasta el final (residuos) y buscando
soluciones a los problemas ambientales en las primeras etapas de estos
ciclos. En este sentido es fundamental el concepto de ecosistema urbano,
como escenario integrado donde se concentran estos procesos cíclicos y
dentro de cuyo marco hay que tratar de cerrarlos.
- Reequilibrio
entre naturaleza y ciudad, a través de la preservación
de aquellas partes del territorio esenciales para el mantenimiento de los
ciclos naturales y de la inserción de los procesos naturales dentro del
tejido urbano, poniendo límite a los procesos de extensión incontrolada
del mismo. Dentro de este criterio cobra especial importancia lo que se ha
venido en denominar regeneración urbano-ecológica, cuyo fundamento es la
idea de que, antes de urbanizar nuevo suelo, es preciso incidir sobre lo
ya construido a través de procesos de rehabilitación con criterios
ecológicos, ocupación de viviendas vacías y espacios obsoletos,
recualificación de espacios públicos e introducción de nuevas dotaciones y
equipamientos.
- Redistribución
de los recursos y servicios sobre el territorio
y dentro de la ciudad, fomentando al tiempo los procesos de
autosuficiencia e intercomunicación para reducir el alcance de la “huella
ecológica” de las grandes ciudades. La descentralización de servicios y
equipamientos, con una adecuada jerarquización, y la creación de redes de
servicios e información que contribuyan a reducir los desplazamientos, son
sólo algunos de los mecanismos destinados a conseguir este objetivo.
- Desarrollo
local dentro del marco global,
mediante la puesta en valor de las oportunidades locales como mejor forma
de consolidar el papel de los núcleos urbanos de tamaño pequeño y medio
ante el embate de la globalización y la fuerza centrípeta de las grandes
metrópolis.
- La
habitabilidad de los espacios tanto
interiores como exteriores, como factor clave para fomentar el bienestar,
la salud y la integración social. La separación entre espacio público y
privado, entre exterior e interior, se engloba dentro de una concepción
más amplia y orgánica que considera el metabolismo de la ciudad en su
conjunto.
- La
cohesión social como factor clave para la
sostenibilidad de un sistema urbano. En este sentido, la innovación
técnica debe ser inseparable de la innovación social, en la idea de que la
ciudad y el territorio son sus habitantes y de que la mejor forma de
conseguir que una ciudad o una porción de la misma funcione con criterios
de sostenibilidad es que sus habitantes la asuman como suya y estén
dispuestos y tengan ocasión de intervenir de forma activa en su
configuración. La difusión de la información sobre sostenibilidad urbana a
través de los medios de comunicación y los centros educativos, la creación
de foros de debate entre todos los agentes implicados en los procesos
urbanos, la puesta a punto de mecanismos que faciliten, en suma, una
sociedad civil activa y parcitipativa, son todas medidas importantes en
este sentido.
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