jueves, 16 de marzo de 2017

NECESIDAD DE LA IMPLANTACION DEL CODIGO TECNICO DE LA URBANIZACION

NECESIDAD DE LA IMPLANTACION DEL CODIGO TECNICO DE LA URBANIZACION .-

Partiendo de El Código Técnico de la Edificación (CTE) que es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Las Exigencias Básicas de calidad que deben cumplir los edificios se refieren a materias de seguridad y habitabilidad.
El CTE también se ocupa de la accesibilidad como consecuencia de la Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, LIONDAU.
La Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, de la que nace el Código Técnico de la Edificación, es el pilar fundamental para el proceso de la edificación. La Ley fija los requisitos básicos de los edificios, actualiza y completa la configuración legal de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, fija sus obligaciones y establece las responsabilidades y las garantías de protección a los usuarios.

El Código Técnico de la Edificación (CTE), es el marco normativo que establece y desarrolla las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones, permitiendo demostrar que se satisfacen los requisitos básicos de la edificación que establece la Ley.
Estas exigencias básicas se desarrollan tanto en la Parte 1 como en los Documentos Básicos, pero además el CTE da entrada a otros documentos que completan el marco reglamentario, los documentos reconocidos. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, se establecen los denominados documentos reconocidos del CTE, definidos como documentos sin carácter reglamentario, que cuentan con el reconocimiento del Ministerio de Fomento, que mantendrá un registro público de los mismos.
Por definición los documentos reconocidos son voluntarios y ayudan a la aplicación del CTE y a cumplir sus objetivos.
Además existe un conjunto de documentos y herramientas oficiales desarrollados por el propio Ministerio que sirven como ayuda para la utilización del Código Técnico, tales como los Documentos de Apoyo, el Catálogo de Elementos Constructivos (CEC), etc.
El CTE es también un instrumento para la transposición de las directivas europeas. La Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética, instrumento normativo que a nivel europeo fijaba las pautas a seguir en los estados miembros, se ha sustituido por la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010 relativa a la eficiencia energética de los edificios (refundición). El nuevo modelo es mucho más ambicioso y supone el endurecimiento de los requisitos mínimos hasta conseguir, de cara a 2020, edificios de consumo de energía prácticamente nulo. La trasposición de esta directiva, en parte, se hace a través del CTE mediante el DB HE.
En el marco reglamentario de la edificación son de obligado cumplimiento otras reglamentaciones técnicas de carácter básico, como las Instrucciones de Hormigón EHE, la norma de construcción sismorresistente, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), otras normativas reglamentarias de seguridad industrial etc., que coexisten con el CTE y que en principio son referencias externas al mismo.
El CTE, tal como establece la LOE, puede completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes. Es decir, la normativa autonómica y local de aplicación en cada caso.
Teniendo en cuenta el CTE ya existente junto con los objetivos principales que emanan de la actual y reciente Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana cuyo texto refundido ha sido publicado en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre que regulan :

  •       La igualdad en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes  constitucionales, relacionados con el suelo.

  •       Un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conducen a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Asimismo, establece esta ley las bases económicas y medioambientales del régimen jurídico del suelo, su valoración y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en la materia.



El propósito del siguiente Análisis es justificar la necesidad de la  implantación de un Código Técnico de la Urbanización ( en adelante CTU) con carácter normativo y legislativo de obligado cumplimiento para las nuevas actuaciones urbanísticas que se realicen tanto en suelo urbano, urbanizable como no urbanizable, así como en otros procesos de remodelación y regeneración de zonas urbanas ya existentes.
Existe, a nivel mundial, una creciente apreciación de la necesidad de utilizar un enfoque integral en la planificación de los asentamientos humanos. La formulación de una política ambiental, económica y social adecuada demanda la compresión de las interrelaciones entre todos los factores que determinan el desarrollo humano en un territorio.

Una ciudad bien planificada y con una buena gestión de las zonas urbanas logrará más fácilmente que los demás factores que la conforman sean sostenibles, desarrollando entre ellos efectos sinérgicos y reduciendo los impactos. Uno de los objetivos del desarrollo sostenible local es la reducción de los impactos de unas áreas de actuación en otras, asegurando a la vez una economía pujante y una sociedad equitativa.


Diagonal-Mar, Barcelona, Parque, Urbano



El concepto de urbanismo sostenible lo podemos basar en la noción de equilibrio dinámico u homeostático, concebido como aquel que permite la autorregulación de los sistemas mediante mecanismos flexibles de autocorrección y de retroalimentación. En torno a este concepto gira un conjunto de criterios convergentes. De hecho, podría definirse su enfoque como la búsqueda de factores de equilibrio entre naturaleza y ciudad, entre tradición y progreso, entre procesos globales y procesos locales, entre individuo y sociedad, todo ello sobre un escenario territorial atravesado por flujos de materiales y energía. Desde esta perspectiva podrían formularse los criterios generales de la planificación sostenible:


  • La conservación de los recursos energéticos y materiales destinados al suministro de servicios urbanos a través de la búsqueda de procesos eficientes y ahorrativos. La idea que preside este objetivo es la de cerrar los ciclos de materiales y energía, considerando todos los flujos desde el inicio (fuentes) hasta el final (residuos) y buscando soluciones a los problemas ambientales en las primeras etapas de estos ciclos. En este sentido es fundamental el concepto de ecosistema urbano, como escenario integrado donde se concentran estos procesos cíclicos y dentro de cuyo marco hay que tratar de cerrarlos.

  • Reequilibrio entre naturaleza y ciudad, a través de la preservación de aquellas partes del territorio esenciales para el mantenimiento de los ciclos naturales y de la inserción de los procesos naturales dentro del tejido urbano, poniendo límite a los procesos de extensión incontrolada del mismo. Dentro de este criterio cobra especial importancia lo que se ha venido en denominar regeneración urbano-ecológica, cuyo fundamento es la idea de que, antes de urbanizar nuevo suelo, es preciso incidir sobre lo ya construido a través de procesos de rehabilitación con criterios ecológicos, ocupación de viviendas vacías y espacios obsoletos, recualificación de espacios públicos e introducción de nuevas dotaciones y equipamientos.

  • Redistribución de los recursos y servicios sobre el territorio y dentro de la ciudad, fomentando al tiempo los procesos de autosuficiencia e intercomunicación para reducir el alcance de la “huella ecológica” de las grandes ciudades. La descentralización de servicios y equipamientos, con una adecuada jerarquización, y la creación de redes de servicios e información que contribuyan a reducir los desplazamientos, son sólo algunos de los mecanismos destinados a conseguir este objetivo.

  • Desarrollo local dentro del marco global, mediante la puesta en valor de las oportunidades locales como mejor forma de consolidar el papel de los núcleos urbanos de tamaño pequeño y medio ante el embate de la globalización y la fuerza centrípeta de las grandes metrópolis.

  • La habitabilidad de los espacios tanto interiores como exteriores, como factor clave para fomentar el bienestar, la salud y la integración social. La separación entre espacio público y privado, entre exterior e interior, se engloba dentro de una concepción más amplia y orgánica que considera el metabolismo de la ciudad en su conjunto.

  • La cohesión social como factor clave para la sostenibilidad de un sistema urbano. En este sentido, la innovación técnica debe ser inseparable de la innovación social, en la idea de que la ciudad y el territorio son sus habitantes y de que la mejor forma de conseguir que una ciudad o una porción de la misma funcione con criterios de sostenibilidad es que sus habitantes la asuman como suya y estén dispuestos y tengan ocasión de intervenir de forma activa en su configuración. La difusión de la información sobre sostenibilidad urbana a través de los medios de comunicación y los centros educativos, la creación de foros de debate entre todos los agentes implicados en los procesos urbanos, la puesta a punto de mecanismos que faciliten, en suma, una sociedad civil activa y parcitipativa, son todas medidas importantes en este sentido.
Paisaje, De Viaje, Olivos, Montañas